Fondo de Compensación Ambiental
Fondos de Compesación Ambiental
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) e 20.8.a) de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuio texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS) (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Subvenciones de la línea en concurrencia no competitiva y de la línea en concurrencia competitiva del Fondo de Compensación Ambiental, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, destinadas a entidades locales de Galicia.
BDNS ( Identif.): 740347.
De conformidad con el previsto en los artículos 17.3. b) y 20.8.la) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones ( BDNS) (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Beneficiarios
- Convocatoria de subvenciones de naturaleza no competitiva: aquellos ayuntamientos de Galicia cuyo territorio municipal esté dentro de la poligonal de delimitación de un parque eólico y, igualmente, los afectados por la correspondiente instalación de conexión o vía de evacuación, relacionados en el anexo V de esta orden.
- Convocatoria de subvenciones de naturaleza competitiva:
- Los ayuntamientos de Galicia que formulen petición de manera individual.
- Los ayuntamientos de Galicia que formulen petición de manera conjunta mediante agrupaciones o asociaciones de ayuntamientos, en los términos del artículo 9.
- Las mancomunidades de ayuntamientos de Galicia.
- Los consorcios locales de Galicia, constituidos de acuerdo con la Ley 5/1997, de 22 de julio , de Administración local de Galicia, siempre que estén participados por un o varios ayuntamientos.
Quedan expresamente excluidas las diputaciones provinciales.
Objeto
Regular los criterios de reparto y establecer las bases reguladoras y la convocatoria de las subvenciones del Fondo de Compensación Ambiental para el año 2024, en régimen de concurrencia no competitiva y concurrencia competitiva, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, afectadas a la realización de gastos que revistan naturaleza productiva y generadora de empleo.
Bases reguladoras
Importe
Para la financiación de la convocatoria de subvenciones se destina un total de 7.669.950,00 euros.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá cómo último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primero día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hace día equivalente al de publicación, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
Para más información y realizar la solicitud de esta subvención acceda aquí a la Sede de la Xunta:
- PR483A - Fondo de compensación ambiental. Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a ayuntamientos.
- PR483 B - Fondo de compensación ambiental. Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a ayuntamientos asociados o agrupados.
- PR483 C - Fondo de compensación ambiental. Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva la entidades locales.
- PR483D - Fondo de compensación ambiental. Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a ayuntamientos asociados o agrupados.
Subvenciones para la adquisición de vehículos alternativos
Subvenciones de carácter plurianual y en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a ayuntamientos para la adquisición de vehículos alternativos, mediante el sistema de renting, con destino a los cuerpos de policía local
BDNS (Identif.): 631122.
Beneficiarios
-
Poderán ser beneficiarios de estas subvenciones aquellos ayuntamientos de Galicia que subscribiesen o vallan a subscribir un contrato de renting con fecha igual o posterior al 1 de enero de 2022 e que reúnan los seguientes requisitos:
a) Ter menos de 50.000 habitantes, de acuerdo con las cifras oficiales del padrón municipal de habitantes en enero de 2021, publicadas por el Instituto Gallego de Estadística.
b) Tener remitida la cuenta general del ayuntamiento, correspondiente al ejercicio presupuestario de 2020, al Consello de Contas. Este requisito deberá estar cumplido antes del fin del plazo de presentación de solicitudes y se acreditará mediante certificación emitida por la persona secretaria o interventora del ayuntamiento.
c) Contar con un cuerrpo de policía local, segun los datos facilitados por la Dirección Xeral de Emerxencias e Interior.
Objeto
Podrán ser objeto de subvención los gastos ocasionados como consecuencia del suministro, mediante el sistema de renting, de vehículos eléctricos o vehículos híbridos enchufables y no enchufables, que reúnan las condiciones para obtener el distintivo ambiental Cero emisiones o Eco, con destino a los cuerpos de policía local para el ejercicio de sus funciones.
Bases reguladoras
Importe
Para la concesión de estas ayudas se destina crédito hasta un importe máximo de 600.000,00 € con la seguinte distribución por anualidades:
Anualidad | Total anual |
2022 | 112.500,00 |
2023 | 150.000,00 |
2024 | 150.000,00 |
2025 | 150.000,00 |
2026 | 37.500,00 |
Total | 600.000,00 |
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia.
Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al de publicación, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
Para más información y realizar la solicitud de esta subvención acceda aquí a la Sede de la Xunta: